Desde la práctica se observa la ingente problemática planteada por el patrimonio de la Iglesia Católica: El extenso mundo de las fundaciones autónomas (con personalidad jurídica propia) y no autónomas (sin personalidad jurídica independiente) y su relación con la legislación actual sobre fundaciones plantea interrogantes sobre el Registro y el Protectorado. El atractivo ineludible del patrimonio histórico-artístico de la Iglesia Católica, con la necesidad de colaboración mutua en su conservación y mantenimiento, el recurrente pero ya superado problema de la inmatriculación de bienes por el artículo 206 de la Ley Hipotecaria. Sin embargo, atendiendo a los principios informadores del Derecho Eclesiástico del Estado (libertad religiosa, igualdad, aconfesionalidad y cooperación) y a la normativa existente, los problemas son más ficticios que reales, y perfectamente solucionables con un conocimiento exhaustivo de la legislación canónica y eclesiástica y con una voluntad de entendimiento por parte de las autoridades políticas y eclesiásticas.
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