Ha sido el ingreso de España en la Unión Europea en 1988 y no el rémimen establecido en la Constitución de 1978 el factor desencadenante de la acción exterior de las Comunidades Autónomas españolas. En efecto, la actuación de éstas en el marco europeo-de forma especial la cooperación transfronteriza auspiciada por la Comunidad- las ha llevado a ir asumiendo progresivamente competencias en el ámtito internacional que, finalmente, han sido recogidas tanto en la Ley de la acción y del servicio exterior del estado como en la Ley de Tratados, ambas de 2014. En este proceso la jurisprudencia del Tribunal Constitucional español ha desempeñado un papel relevante.
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