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Cláusula sobre divisa extranjera en préstamos hipotecarios y falta de transparencia

  • Autores: Susana Navas Navarro
  • Localización: Revista CESCO de Derecho de Consumo, ISSN-e 2254-2582, Nº. 14, 2015 (Ejemplar dedicado a: MECANISMOS DE RESOLUCION DE CONFLICTOS DE CONSUMO; MANIPULACIÓN DE CONTADORES; HIPOTECAS MULTIDIVISA; REFORMAS LEGALES), págs. 130-164
  • Idioma: español
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  • Resumen
    • La cláusula sobre divisa extranjera en préstamos hipotecarios forma parte de lo que el art. 4.2 de la Directiva 93/13/CE sobre cláusulas abusivas denomina �objeto principal del contrato�. En nuestro sistema puede ser sometida a un doble control: el de incorporación (arts. 5-7 LCGC) y de contenido (art. 82 TRLGDCU). Por su parte, la Directiva 2014/17/UE sobre los contratos de crédito celebrados con los consumidores para bienes inmuebles de uso residencial, de próxima incorporación al ordenamiento español, contiene, en su art. 23, una referencia expresa a este tipo de cláusulas. En concreto, regula la información que debe suministrar el prestamista al prestatario cliente minorista. Es tanta, tan variada y técnica que provocará su desinterés por entenderla. Quizá, convendría más, una menor cantidad de información pero la que se proporcione que sea útil y de calidad


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