Ayuda
Ir al contenido

Dialnet


Consideraciones sobre el buen gobierno desde un análisis de la ley 27/2013, de racionalización y sostenibilidad de la administración local

    1. [1] Universidad Pablo de Olavide

      Universidad Pablo de Olavide

      Sevilla, España

  • Localización: Nuevas Políticas Públicas: Anuario multidisciplinar para la modernización de las Administraciones Públicas, ISSN-e 1699-7026, Nº. 9, 2014 (Ejemplar dedicado a: La reforma de la administración local), págs. 55-83
  • Idioma: español
  • Títulos paralelos:
    • Considerations about good governance from an analysis of the law 27/2013, of razionalitation and sustainability of the local administration
  • Enlaces
  • Resumen
    • español

      El artículo 135 CE fue objeto de una polémica reforma el 27 de septiembre de 2011 con el fin de obtener la estabilidad presupuestaria como un valor verdaderamente estructural y condicionante de la capacidad de actuación del Estado, del mantenimiento y desarrollo del Estado Social que proclama el artículo 1.1 de la propia Ley Fundamental y, en definitiva, de la prosperidad presente y futura de los ciudadanos.

      Asimismo, se busca prevenir la aparición de un déficit presupuestario excesivo y garantizar una convergencia sostenida y duradera de las economías de los Estados Miembros de la UE; fortalecer la confianza en la estabilidad de la economía española a medio y largo plazo y garantizar la sostenibilidad económica y social del país.

      De esta manera, se confiere el máximo estatus jurídico a los principios de sostenibilidad financiera y estabilidad presupuestaria, de forma que las actuaciones de todas las Administraciones quedarán limitadas por la norma suprema de nuestro ordenamiento jurídico. En una modificación que, en ciertos sectores, ha representado todo un atentado para la soberanía de nuestro país dentro de un procedimiento de dudosa constitucionalidad, lo cierto es que la UE nos ha impuesto unas obligaciones para volver a la senda de la convergencia de la que, ciertamente, nos habíamos alejado en los últimos años como consecuencia de una elevado gasto financiado en parte con un endeudamiento progresivo de las Administraciones Públicas y al amparo de un fallo clamoroso de todos los mecanismos de control.

      Después de años de aparente bonanza, parece que llega el momento de poner fin a la misma y de devolver capital e intereses de la deuda contraída con unas medidas tan apremiantes como impopulares con el fin de llegar al buen puerto del equilibrio estructural y una deuda pública del 60% del PIB a lo largo de un periodo transitorio hasta el año 2020.

      Dentro de ellas, no ha escapado la Administración Local que se ha visto afectada por la citada reforma constitucional y, su corolario, la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. Mucho se podría discutir en cuanto a la conveniencia u oportunidad de las medidas adoptadas, al igual que en torno a cualquier otra iniciativa legislativa fruto de distintas políticas públicas, tal y como ha ocurrido, por ejemplo, en Francia en donde se pretende reducir a la mitad, de 22 a 11, el número de regiones y suprimir los llamados consejos de departamento, reforzando en este caso las mancomunidades. Nos limitaremos en el presente artículo a manifestar los aspectos más cruciales de la reforma local en España, tomando en consideración los principios del buen gobierno establecidos también recientemente dentro del capítulo III de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

      Dejaremos constancia, además, de algunas razones por las que se considera compleja la instauración del buen gobierno y sus principios que parecen constituir males endémicos, propiciados, más que por una falta de previsión legal, por una crisis generalizada de principios y valores a todos los niveles.

    • English

      Article 135 CE was object of a polemic reform in September 27th of 2011 in order to obtain budget stability as a truly structural value and as a conditioning of State capability acting, maintenance and development of social State proclaimed by article 1.1 CE and, in the end, citizens present and future prosperity.

      Furthermore, the prevention of an excessive budgetary deficit is sought and ensure a sustained and lasting convergence of the UE State members economies; Strengthen the reliance in the Spanish economy stability in a middle and short term and grant the economic and social sustainability of the country.

      In this way, the maximum legal status is given to the principles of financial sustainability and budget stability in a manner that all Administrations actions will be limited to the supreme law in our legal system. In a reform that, to certain sectors, has represented an attempt to the national sovereignty in a dubious constitutional procedure, the truth is UE has imposed duties to return into convergence path from which, truly, we have got away in the last years as a consequence of a high expense financed partly by a Public Administrations progressive indebtedness and covered by control mechanism manifest failure.

      After apparent bonanza years, it seems that the moment to finish it and to return capital and interests of the contracted debt has arrived with measures as pressing as unpopular in order to reach structural balance and a public debt of 60% per cent of GDP over the course of a transitory period until year 2020.

      Among them has not escaped Local Administration that has been affected by the mentioned constitutional reform and, its corollary, Organic Law 2/2012, April 27th, of budget stability and financial sustainability. Too much could be argued about the convenience and opportunity of the adopted measures, like on any other legislative initiatives as result of different public policies, as happened in France, for example, where is intended to reduce in a half, from 22 to 11, the regions number and eliminate the so called Department Councils and strengthen in this case the commonwealths. We limit ourselves in the present paper to express the more important items in the local reform in Spain, taking into account the good governance principles also established recently in the Chapter III of Law 19/2013, December 9th, of transparency, public information access and good governance.

      We record, therefor, of some reasons that make extremely difficult the good governance implementation and its principles that seem endemic problems propitiated not by a lack of legal provision but a generalized principles and values crisis in all levels.


Fundación Dialnet

Dialnet Plus

  • Más información sobre Dialnet Plus

Opciones de compartir

Opciones de entorno