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Resumen de La tutela de las clases de acciones en la sociedad anónima

Ana Belén Campuzano Laguillo

  • Las acciones de la sociedad anónima confieren a su titular la condición de socio, lo que implica el reconocimiento de un conjunto de derechos, desde la premisa de que la sociedad debe dar un trato igual a los socios que se encuentren en condiciones idénticas, y sin que ello suponga que todas las acciones deban atribuir el mismo contenido de derechos. El principio de igualdad de derechos se exige no en cuanto a la totalidad de acciones que puede emitir una sociedad, sino en relación a un ámbito más limitado que viene determinado por la noción de clase de acción. Y una vez que una sociedad anónima ha decidido crear clases de acciones, para la adopción de modificaciones estatutarias que puedan lesionar los derechos de éstas, se exige un doble acuerdo: a la decisión de la junta general se añade la necesaria aprobación por la mayoría de las acciones pertenecientes a la clase afectada.


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