Con el telón de fondo que supone el Anteproyecto de Código Mercantil, la sentencia del Tribunal Supremo de 27 de mayo de 2013 ha supuesto un importante cambio en el rumbo doctrinal que, en relación con la determinación de la existencia del grupo de empresas, había venido manteniendo la Sala de lo Social. Dicho pronunciamiento inicia un tímido acercamiento al concepto de grupo manejado por el Derecho Mercantil. No obstante, el panorama que se cierne en el terreno laboral sobre el concepto de grupo es, cuando menos, inquietante. El presente estudio analiza los efectos de dicho cambio interpretativo y hace repaso a algunos extraños y complejos efectos de la consideración de los grupos laborales de empresas, en particular, la iniciación de procedimiento despido colectivo por los denominados �grupos patológicos�.
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