Los acreedores subordinados en la fase de convenio tienen reconocidos un conjunto de derechos con miras a defender sus legítimos intereses en el marco de la aprobación de un convenio judicial que les vincula todo y no haber podido contribuir a la formación de la voluntad mayoritaria. Es por ello que en el presente trabajo se analizan y cuestionan los aspectos más relevantes del alcance y contenido de los derechos que como acreedores concursales les corresponden, y se argumenta a favor de una interpretación extensiva acorde con la nueva orientación que nuestro legislador ha ido otorgando a la luz de la reforma concursal.
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