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Los despidos colectivos en la Administración Pública (A propósito de la STS de 19 de mayo de 2015)

    1. [1] Universidad de Granada

      Universidad de Granada

      Granada, España

  • Localización: Derecho de las relaciones laborales, ISSN 2387-1113, Nº. 5, 2015, págs. 545-558
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • español

      La causa económica específica prevista para los despidos colectivos en el marco de las Administraciones Públicas vuelve a cobrar actualidad conforme a la decisión adoptada por el TS en su sentencia de 19 de mayo de 2015 en la que se declara la nulidad del art. 35.3 RD 1483/2012. Dicho precepto desarrolla las previsiones legales en materia causal, específicamente respecto de las de índole económica, y a juicio del Tribunal, lo ha hecho incurriendo en una extralimitación. No resulta tan extraña esta decisión si se tienen en cuenta algunos de los pronunciamientos anteriores de varios Tribunales Superiores de Justicia.

    • English

      The specific economic cause provided for collective redundancies within the government again today charged according to the decision by the Supreme Court in its judgment of 19 May 2015 in which the nullity of Article is declared 35.3 RD 1483/2012. That provision develops the legal provisions in causal matter, specifically regarding the economic, and the judgment of the Court, it has to incur an overreach. Not so strange this decision taking into account sorne of the above pronouncements of various High Courts.


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