La efectividad de las actuaciones procesales está condicionada a su ejercicio dentro de los plazos impuestos por el funcionamiento de los Juzgados y Tribunales. Sin embargo, ¿qué sucede si las acciones sujetas a plazos sustantivos, que no excluyen de su cómputo los días inhábiles, requieren su ejercicio por vía judicial? Un análisis de las normas y de la jurisprudencia evidencian la necesidad de dar un paso más en orden a la necesaria conciliación entre los plazos sustantivos y procesales.
© 2001-2024 Fundación Dialnet · Todos los derechos reservados