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Sentencia de 20 de octubre de 2014. La decisión sobre el traslado de un menor al extranjero, en casos de vida separada de los progenitores, les corresponde a ambos y ésta no puede ser tomada unilateralmente por el progenitor custodio. En caso de desacuerdo, los progenitores deberán acudir al Juez que podrá autorizar el cambio de residencia siempre que esto no vaya en detrimento del interés del menor


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