A la vista de la nueva regulación de la imprudencia punible llevada a cabo por la LO 1/2015, cabe plantearse si en realidad la muerte y las lesiones constitutivas de delito imputadas a título de imprudencia leve han dejado de ser infracción penal en nuestro ordenamiento jurídico. La contestación a este interrogante dependerá de la de-terminación del alcance y contenido que atribuyamos a lo que la última reforma del CP denomina «impudencia menos grave».
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