El Auto del TJUE de 11 de junio de 2015 consolida la doctrina jurisprudencial relativa al alcance de la imposibilidad de integración y/o moderación por parte del juez nacional de cláusulas abusivas de intereses moratorios y establece que una cláusula de vencimiento anticipado abusiva debe declararse nula con independencia de que en el caso concreto no se haya aplicado de forma abusiva.
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