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La función de la Lógica Deóntica. ¿Qué queda de ella luego de las paradojas?

    1. [1] Grupo para el Estudio de la Complejidad en la Sociedad de la Información (GECSI), FCJyS- UNLP.
  • Localización: Derecho y ciencias sociales, ISSN 1853-0982, ISSN-e 1852-2971, Nº. 10, 2014 (Ejemplar dedicado a: Derecho y CIencias Sociales. Abril de 2014), págs. 118-133
  • Idioma: español
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  • Resumen
    • El presente trabajo intenta hacer un recorrido crítico, y accesible al lector no experto, de las distintas paradojas que sufrieron los tres primeros sistemas de lógica deóntica ideados por Von Wright, preguntándose qué función tiene esa disciplina frente a todas las contrariedades sufridas. A tal el fin se realiza una somera introducción al sistema a analizar para luego mostrar las paradojas que surgen de las axiomatizaciones. Se concluye que la función a la que debe aspirar la lógica deóntica no es la formalización de los fenómenos jurídicos, sino una remisión a problemas de filosofía del derecho que colabora en explicitar los supuestos ontológicos y filosóficos que poseen los mentados problemas.


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