A pesar del tiempo transcurrido desde sus respectivas entradas en vigor, sigue existiendo ambigüedad entre la Constitución Española y la Ley de Enjuiciamiento Criminal sobre el plazo máximo de detención de una persona, llevando, a veces, a la confusión de que no puede ser sobrepasado el plazo de veinticuatro horas. La determinación del plazo máximo de la detención, que en todo caso no podrá ser superior a setenta y dos horas, se determinará de acuerdo a quién haya acordado la detención, ora la autoridad judicial, ora la autoridad policial. La nueva Reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que será inminente, no soluciona el problema reciente.
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