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La ausencia de democracia paritaria en la democracia interna de los partidos políticos

    1. [1] Universidad Pontificia Comillas

      Universidad Pontificia Comillas

      Madrid, España

  • Localización: Cuestiones de género: de la igualdad y la diferencia, ISSN 1699-597X, Nº. 10, 2015 (Ejemplar dedicado a: Retos constitucionales en materia de género / coord. por Esther Seijas Villadangos), págs. 57-78
  • Idioma: español
  • Enlaces
  • Resumen
    • El principio de presencia equilibrada en el marco de la Ley Orgánica 3/2007, para la igualdad efectiva de mujeres y de hombres, supone una importante estrategia para la consecución de un nuevo modelo de representación democrática. Este ideal viene caracterizado por la noción de Democracia paritaria, de modo que sólo se podrá hablar de él cuando la igualdad se considere por todos los poderes públicos, los agentes sociales y los ciudadanos y ciudadanas no sólo un valor jurídico y social, sino, también, un valor democrático. Por lo tanto, la paridad, en tanto presupuesto esencial de ciudadanía y de existencia, supone llevar al máximo extremo la igualdad jurídica y real, modificando transversalmente las estructuras y los modelos de poder, incluyendo las bases de los partidos políticos para consensuar un nuevo pacto y acabar con la jerarquía de género, una de las grandes lagunas de la configuración actual de la democracia representativa.  


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