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Resumen de Pasaporte biométrico: utilización de los datos recogidos para fines distintos de la expedición de pasaportes y documentos de viaje: TJ Sala Cuarta, S 16 abril 2015. La Ley 30016/2015

Jiri Malenovský

  • El Derecho de la unión sobre normas para las medidas de seguridad y datos biométricos en los pasaportes y documentos de viaje expedidos por los Estados miembros debe interpretarse en el sentido de que el Reglamento nº2252/2004 no es aplicable a los documentos de identidad expedidos por un Estado miembro a sus nacionale con independencia de su período de validez y de las posibilidades de utilizarlos en viajes efectuados fuera de dicho Estado. Dicho Reglamento no obliga a los Estados miembros a garantizar, en su legislación, que los datos biométricos recogidos y almacenados de conformidad con el referido Reglamento no serán recogidos, tratados ni utilizados con fines distintos de la expedición del pasaporte o del documento de viaje, pues este aspecto no está comprendido en el ámbito de aplicación del citado Reglamento


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