La reciente STS de 25 de marzo de 2015 sobre la mal llamada «irretroactividad» de las cláusulas suelo genera más dudas y desconcierto que seguridad jurídica, como pone de manifiesto la existencia de un voto particular sobre la misma, que en mi modesta opinión se compadece mejor con la percepción social del problema y, sobretodo, con los argumentos técnico-jurídicos que debería de haber seguido el Pleno, especialmente en lo que refiere a cuestiones de contravención del Derecho comunitario.
© 2001-2024 Fundación Dialnet · Todos los derechos reservados