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Comentarios a la sentencia del Tribunal Constitucional Español 12/2008, de 29 de enero: Recurso de inconstitucionalidad frente a la LO 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de hombres y mujeres, cuya disposición adicional segunda modifica la Ley Orgánica del Régimen Electoral General estableciendo la paridad...

  • Autores: María del Pilar Molero Martín-Salas
  • Localización: Quid Iuris, ISSN-e 1870-5707, Nº. 15, 2011, págs. 89-102
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • En el año 2007 las Cortes Generales españolas aprobaron la Ley Orgánica 3/2007, que tiene como propósito terminar con las manifestaciones discriminatorias por razón de sexo que aún existen, mediante la implementación de medidas preventivas como la introducción de la paridad de género en las listas electorales en los ámbitos autonómicos, local y supraestatal.

      Tras haber sido sometida a recurso de inconstitucionalidad, el Tribunal Constitucional español resolvió a favor de la Ley Orgánica 5/ 1985 de Régimen Electoral General y determinó sus alcances en respecto de la igualdad de género en materia electoral y de libertad de partidos políticos.

      A pesar de la implementación de las medidas de equidad, la exigencia que la ley establece requerirá de auxilios mayores para lograr su propósito, y la figura de alternancia de género en las listas electorales podría coadyuvar a ello.


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