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Propuestas legislativas sobre la responsabilidad del hostelero

  • Autores: Paula Castaños Castro
  • Localización: Indret: Revista para el Análisis del Derecho, ISSN-e 1698-739X, Nº. 2, 2015
  • Idioma: español
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  • Resumen
    • El régimen de responsabilidad de los establecimientos hoteleros por la pérdida de los objetos de los clientes, contenido en los artículos 1783 y 1784 C.c., precisa una reforma. La solución establecida en los preceptos citados, redactados en 1889, difícilmente puede resolver de modo convincente la más variada y rica problemática que la pérdida o deterioro de los objetos de los clientes de los hoteles suscita en la actualidad.

      Son muchas las dudas e incertidumbres que en relación con estos supuestos se le plantean hoy al aplicador del Derecho: ¿la responsabilidad del hostelero alcanza a todos los objetos que el viajero lleve consigo o únicamente a aquellos que haya puesto en conocimiento del empresario?, ¿es responsable el establecimiento de los daños o de la sustracción de los vehículos de los clientes aparcados en el recinto del hotel?, ¿y de los daños sufridos por los objetos guardados en la caja fuerte de la habitación?, ¿corresponde al cliente que exige una indemnización al hotelero probar que introdujo en el hotel los objetos cuyo valor reclama?, ¿cómo puede probar este hecho?...Con el fin de responder a tales cuestiones, se formulan propuestas de lege ferenda sobre el régimen jurídico de la responsabilidad del hostelero.


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