Al hilo de la STS, 1ª, de 3 de junio de 2014 (JUR 181499), que sanciona con la privación de la legítima el abandono del testador por parte de los hijos, por considerarlo �maltrato psicológico�, este artículo analiza la necesidad (o no) de ampliar las causas de privación de la legítima de los hijos. El planteamiento del CC español, que no conoce la causa de privación acabada de mencionar, contrasta con la mayor flexibilidad con la que otros ordenamientos abordan la regulación de esta materia, y, entre ellos, los que, como el derecho civil catalán, admiten que la �falta de trato familiar� puede ser causa de privación de la legítima. El trabajo analiza el confuso razonamiento del TS y, a propósito de algunos de sus argumentos, trata de demostrar por qué una causa tan deliberadamente indefinida como la que propone el Código civil de Cataluña no es necesariamente más respetuosa con la libertad de testar.
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