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La calificación en un concurso territorial: sus efectos fuera del estado de apertura del procedimiento

    1. [1] Universidad Autónoma de Madrid

      Universidad Autónoma de Madrid

      Madrid, España

  • Localización: Anuario de derecho concursal, ISSN 1698-997X, Nº. 35, 2015, págs. 103-126
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • español

      La posibilidad de abrir la pieza de calificación en un concurso territorial, o de imponer por cualquier otra vía establecida en los ordenamientos de los Estados miembros sanciones patrimoniales o personales a quienes actúen de manera dolorosa o culpable en el marco de dichos concursos no puede excluirse si se atiende al tenor literal del Reglamento sobre Procedimientos de Insolvencia e incluso se admite expresamente en el Considerando 44 del texto que resulta de su reforma. No obstante, las sanciones impuestas en estos casos por el juez del concurso territorial no producen efectos en los demás Estados miembros de la Unión Europea y no pueden hacerse efectivas sobre bienes situados fuera del Estado de apertura, ni alcanzar a comportamientos que se produzcan en otros Estados. La justificación de esta afirmación se encuentra en el fundamento del sistema de atribución de competencias a los jueces de los concursos universales o territoriales, establecido en el Reglamento sobre Procedimientos de Insolvencia, en virtud del cual las facultades de los segundos nacen "autolimitadas" porque se justifican en una lógica de liquidación-ejecución, con independencia de la finalidad que persigan en el caso concreto.

    • English

      Taking a literal interpretation of the insolvency Regulation and Recital 44 of its recast, the possibility of sanctioning the company’s directors who act negligently or fraudulently in a territorial insolvency courts in such cases do not take effect and cannot be enforced against assets in other European Union Member States. Nor can they impose acts and behaviours in other Member States. This is justified by the system of attribution of jurisdiction to universal and territorial insolvencies in the Insolvency Regulation, given that according to it, the powers of the latter are “self-limited” because they arise on the basis of liquidation-execution, independent from the overall objective pursued in the specific case.


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