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Resumen de Las juntas electorales competentes. El secretario de Ayuntamiento como delegado de la junta electoral de zona.

Manuel Delgado-Iribarren García-Campero

  • En las elecciones locales, tres son las Juntas electorales competentes: la Junta electoral central, las Juntas electorales provinciales y las Juntas electorales de zona. Al coincidir con elecciones autonómicas en trece Comunidades Autónomas, en ellas además funcionarán las respectivas Juntas electorales de Comunidad Autónoma. En las elecciones de mayo de 2015, debe tenerse en cuenta que en los casos de Asturias, Cantabria, Madrid, Murcia y Navarra las Juntas electorales provinciales asumen las funciones de Junta electoral de Comunidad Autónoma.


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