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Resumen de El despido ad cautelam

Rosa María Sánchez Carretero

  • El despido ad cautelam se configura como un instrumento de paralización de la prescripción de las faltas cometidas por el trabajador, que no fueron objeto de sanción disciplinaria empresarial, ya sea por comisión con posterioridad al despido o porque la empresa las conoció tras la comunicación extintiva. Es objeto de un procedimiento judicial independiente y su eficacia extintiva está condicionada a la reanudación de la relación laboral, si así procede, tras la impugnación judicial del primer despido.


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