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La posición del "agente retenedor" en los modelos de intercambio de información: ¿sustituto o colaborador?

  • Autores: Marina Serrat Romaní
  • Localización: Crónica tributaria, ISSN-e 2695-7566, ISSN 0210-2919, Nº 154, 2015, págs. 179-201
  • Idioma: español
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  • Resumen
    • El presente artículo tiene como objetivo analizar la figura del «intermediario» o «agenteretenedor/pagador» que sale a relucir en los nuevos modelos de intercambio de información �FATCA, Rubik, TRACE, las Directivas europeas� con el fin de desvelar qué tipo derelación tributaria existe entre la Administración, el contribuyente y el «intermediario».Desde el punto de vista de la subjetividad tributaria, se han extrapolado a nivel internacional las categorías jurídicas utilizadas en la doctrina española, para poder discernir, enprimer lugar, si este «agente retenedor» es meramente un colaborador de las Administraciones o bien resulta ser un sustituto del contribuyente y, en segundo lugar, para conocerqué tipo de obligaciones �formales o materiales� tiene encomendadas y qué consecuenciasprácticas se derivan de esta relación en estas normas internacionales


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