Ayuda
Ir al contenido

Dialnet


El plazo para la emisión del informe-demanda de calificación concursal del artículo 169.1 LC: a propósito de las Sentencias de la Sala 1.ª del Tribunal Supremo de 1 de abril de 2014 y de 5 de febrero de 2015

  • Autores: Daniel Rodríguez Ruiz de Villa, María Isabel Huerta Viesca
  • Localización: Diario La Ley, ISSN 1989-6913, Nº 8527, 2015
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • Análisis crítico de los pronunciamientos del Tribunal Supremo sobre el plazo de quince días para la emisión del informe-demanda de calificación concursal que regula el art. 169.1 de la Ley concursal. ¿Para qué establecer dicho plazo en la Ley concursal y discutir sobre el dies a quo del cómputo del mismo si luego se admite su prórroga o suspensión sin límites? En realidad, con el criterio del Tribunal Supremo, ¿estamos ante un plazo prorrogable sin limitación temporal alguna o susceptible de suspensión sine die o estamos ante una ausencia de plazo?.


Fundación Dialnet

Dialnet Plus

  • Más información sobre Dialnet Plus

Opciones de compartir

Opciones de entorno