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Resumen de Principio de no discriminación y edades máximas: a propósito de la STJUE de 13 de noviembre de 2014 (Vital Pérez), que declara contrario al ordenamiento comunitario el tope de edad de 30 años exigido para el ingreso en un Cuerpo de Policía local

Óscar Fernández Márquez

  • la sentencia «vital Pérez» (sTJuE de 13 de noviembre de 2014), constituye sin duda, después de la «Wolf» (sTJuE de 12 de enero de 2010), el pronunciamiento más importante por el momento del alto Tribunal de la unión Europea sobre los límites de edad en el acceso a determinados trabajos u ocupaciones profesionales. a diferencia de lo dictaminado en esta última, que estima adecuada una edad máxima de 30 años para acceder a un cuerpo de bomberos en razón de las extraordinarias exigencias físicas que reclama el ejercicio de las tareas de esta profesión (particularmente la extinción de incendios), la sentencia «vital Pérez» considerará en cambio en 2014 discriminatorio y contrario a la Directiva 2000/78/CE el mismo tope de edad referido a la policía local. Es por tanto decisivo aclarar y ordenar los pasos y las razones que el Tribunal de Justicia sigue en esta sentencia para llegar a tan trascendental y decisivo pronunciamiento.


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