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Resumen de La incapacitación

Carmen Delia Medina Castellano

  • La incapacidad es un estado civil de las personas que se declara tras un procedimiento judicial. Dado que afecta a la libertad de la persona, sólo cabe admitir como causas de incapacitación las que expresamente recoge la Ley. El Código Civil español recoge como causas de incapacitación la existencia de enfermedades físicas o psíquicas de carácter grave y persistente que impidan a la persona gobernarse por sí misma.

    Declarada la incapacidad, se debe proceder al nombramiento de un tutor, que se designará entre los familiares más allegados al incapaz. La tutela no se puede rehusar salvo por causas debidamente justificadas, debiendo notificar al juez dichas causas en un plazo no superior a quince días a contar desde que se produjo el nombramiento.

    Como puede ocurrir que existan personas presuntamente incapaces que aún no han sido declaradas judicialmente como tales por causas diversas, cuando el estado de las mismas así lo requiera, se puede proceder a su internamiento en un centro sanitario, aun contra su voluntad, para lo cual se requiere recabar la previa autorización judicial o, si la urgencia no permite demoras, en un plazo no superior a veinticuatro horas desde que se produjo el internamiento.

    En todo caso, el juez está obligado a revisar periódicamente el estado en que se encuentra el sujeto internado con el objeto de verificar si se mantienen las condiciones que motivaron su internamiento, o si, por el contrario, éstas han variado y procede una modificación de las medidas inicialmente adoptadas.


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