El futuro Reglamento de General de Protección de Datos (RGPD) de la Unión Europea contempla un régimen de infracciones y sanciones del que carecía la Directiva 95/46, a la que sustituirá a su entrada en vigor. El objetivo es su aplicación uniforme por todos los Estados garantizando la aplicación de elevadas multas económicas proporcionadas a la entidad de la infracción y al volumen de negocios de las empresas. Una novedad importante es la posibilidad de multar a la Administracion pública, algo vedado en la legislación española en la actualidad. El derecho de indemnización del RGPD es otro aspecto de interés que se conecta con en este capí- tulo con doctrina y jurisprudencia aplicables en el ámbito de los datos de salud.
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