El presente artículo pretende ofrecer un análisis genérico de lo que ha sido considerado uno de los pilares básicos de la foralidad navarra, la Diputación del Reino. La institución, junto con las Cortes navarras, supone el reflejo de todo un pensamiento y cultura jurídica particular y compleja, que se basa en la práctica del pactismo jurídico y el imperio del iuscentrismo político, también presentes en otros territorios ibéricos y europeos con sus características diferenciales propias. La Diputación es descrita mediante sus característica principales, sus estructuras, evolución y su tradición jurídica como fundamento institucional, teniendo en cuenta para ello también la aparición del fenómeno en los territorios vecinos. Si bien su nivel de institucionalización, competencias y autonomía no sería como con la Diputación catalana; su acción de gobierno fue fundamental para la defensa y control del derecho foral, la fiscalidad del reino y en eventos especiales como los períodos de inestabilidad política.
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