La sentencia estima parcialmente el recurso presentado contra una Resolución del Consejo Superior de Deportes que exigía una localización permanente de los deportistas. Señala la sentencia que no obstante la legitimidad de los controles contra el dopaje, incluso fuera de la competición, una medida que somete al deportista a un control permanente durante todas las jornadas y horas del año es una medida desproporcionada y contraria al derecho a la intimidad, además de no venir amparada por la legislación vigente.
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