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El reconocimiento de los derechos públicos subjetivos y la reforma constitucional en materia de derechos humanos de junio de 2011

    1. [1] Universidad Autónoma de Zacatecas

      Universidad Autónoma de Zacatecas

      México

  • Localización: Revista Iberoamericana para la Investigación y el Desarrollo Educativo: RIDE, ISSN-e 2007-7467, Vol. 4, Nº. 7, 2013 (Ejemplar dedicado a: Julio - Diciembre 2013), págs. 223-235
  • Idioma: español
  • Enlaces
  • Resumen
    • El reconocimiento de los derechos públicos subjetivos constituye uno de los principios fundamentales del Estado moderno. Limitarse a considerar los derechos del hombre frente al Estado como una esfera extrajurídica al modo de Hans Kelsen, o como una capacidad de hacer o no hacer optativa al modo que Eduardo García Máynez, no permite comprender el contenido con que la idea se ha ido presentando históricamente. Los derechos reconocidos al hombre frente al Estado no son puramente libertad en el sentido formalista, sino aptitud de exigir al propio Estado una cierta conducta y no se podrá concebir el concepto en su plenitud sino a condición de que se haga una revisión, siquiera superficial, de su proceso de transformación.


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