México
El reconocimiento de los derechos públicos subjetivos constituye uno de los principios fundamentales del Estado moderno. Limitarse a considerar los derechos del hombre frente al Estado como una esfera extrajurídica al modo de Hans Kelsen, o como una capacidad de hacer o no hacer optativa al modo que Eduardo García Máynez, no permite comprender el contenido con que la idea se ha ido presentando históricamente. Los derechos reconocidos al hombre frente al Estado no son puramente libertad en el sentido formalista, sino aptitud de exigir al propio Estado una cierta conducta y no se podrá concebir el concepto en su plenitud sino a condición de que se haga una revisión, siquiera superficial, de su proceso de transformación.
© 2001-2026 Fundación Dialnet · Todos los derechos reservados