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Esencias salvajes y existencia de los derechos humanos. Primera Parte. Elucidación conceptual sobre el sentido de la expresión en Merleau-Ponty

  • Autores: Alberto Hidalgo Tuñón
  • Localización: Eikasía: revista de filosofía, ISSN-e 1885-5679, Nº. 60, 2014, págs. 61-100
  • Idioma: español
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  • Resumen
    • español

      El problema exotérico, pero no menos provocador, que plantea la existencia de una esencia salvaje de los derechos humanos es de máxima actualidad de cara a dos cuestiones:

      1.- La cuestión de la fundamentación intercultural de los derechos humanos en esta época postmarxista, en la que el individualismo burgués campea por sus fueros negando legitimidad a los derechos sociales y colectivos. Y 2.- la cuestión de los llamados derechos de los animales cuya causa ha sido resucitada en nuestra época por muchos filósofos, en particular Peter Singer con su libro Liberación animal, que coloca el ámbito de aplicación de los derechos humanos en las fronteras de la especie. Respecto a la primera cuestión, sabido es que muchas civilizaciones no conocieron o al menos no reconocieron ningún código formal, eidético, de derechos a los seres humanos qua tales, pese a que todas ellas asumieron ciertos límites o interdicciones éticas aplicables en sus sociedades, bajo el nombre de mandamientos explícitos, o de tradiciones ancestrales en las relaciones interpersonales, que suponen la existencia de espacios antropológicos compartidos. Es proverbial en el siglo XX la resistencia que puso China a firmar la ratificación de la Declaración Universal de los derechos humanos de Naciones Unidas, a pesar de que la habían suscrito en 1948 y de formar parte de su Consejo de Seguridad con derecho a veto, alegando en 1993 la tradición confuciana. La segunda cuestión plantea el problema de si sólo el cuerpo humano sensible (el Leib) tiene derechos y por qué no el de los animales. Los animales tienen alma, pero ¿tienen Leib? Pues bien, respecto a ambos problemas la hipotética, y quizá contradictoria, existencia de una esencia salvaje de los derechos humanos plantea problemas y conflictos no ya similares a los de la fundamentación teológica de los mismos, sino mucho más radicales filosóficamente, ya que resucita la cuestión de la legitimidad del relativismo cultural a resistirse a las imposiciones unilaterales del dominus en el nivel mismo de la frontera entre lo humano y lo no-humano en la medida en que compromete la especificidad del cuerpo humano. En ambos casos se muestra hasta qué punto las diferentes ciencias humanas dejan abiertos gnoseológicamente sus flancos filosóficos, lo que no deja de tener conexiones con el hecho de que el argumento de la superioridad de la civilización occidental sobre otras culturas o civilizaciones es cada vez más endeble y con la perenne necesidad de regresar a una fundamentación fenomenológica de la antropología, dado que en ambos casos se pone en entredicho la actitud natural. Ahora bien el recurso a las Wesen salvajes de Merleau Ponty incide directamente en la evolución en que se ve incurso el materialismo filosófico desde el Congreso de Murcia y que en el momento actual recurre a la Estromatología propuesta por Ricardo Sánchez Ortiz de Urbina. Pero una estromatología que sólo sirviera como andamio para observar esencias eidéticas estaría ella misma presa de la egología trascendental cuyos confines pretende dimensionar. Y es que si las esencias no pudieran ser más que eidéticas, entonces todas ellas dependerían del pensamiento constituyente y no habría objeto ni mundo real que descubrir más allá del Cogito. En esta primera parte, a la que seguirán otras dos, elucidamos la cuestión preliminar sobre el sentido de las esencias salvajes en MerleauPonty.

    • English

      The exoteric problem, but no less provocative, which posits the existence of a wild essence of human rights is highly topical facing two issues. 1 - The issue of intercultural foundation of human rights in this postMarxist era in bourgeois individualism that is rampant denying legitimacy to collective rights. And 2 - called the issue of animal rights whose cause has been revived in our time by many philosophers, including Peter Singer with his book Animal Liberation, which places the scope in borders of the species. Regarding the first question, it is known that many civilizations did not know or at least did not recognize any formal code or eidetic picture of Human Rights for human beings qua such, though they do seem to take noted certain limits or ethical prohibitions under the name of explicit commands or ancestral traditions in human relationships. It is proverbial in the twentieth century the resistance put China to sign the ratification of the Universal Declaration of Human Rights United Nations, even though they had signed in 1948 and part of its Security Council veto, claiming in 1993 the Confucian tradition. The second question raises the issue of whether only sensitive human body (Leib) have rights and why not the animals. The animals have souls, but have Leib? Well, two problems regarding the hypothetical, and perhaps contradictory existence of a wild essence of human rights poses no problems and conflicts similar to those of the theological foundation of the same, but much more philosophically radical as the resurrected question of the legitimacy of cultural relativism to resisting unilateral impositions of dominus at the same level of the boundary between human and non-human to the extent that compromises the specificity of the human body. In both cases it is shown how the different human sciences left open gnoseologically philosophical sides, which is not without connections to the fact that the argument of the superiority of Western civilization on other cultures or civilizations is increasingly tenuous and the perennial need to return to a phenomenological foundation of anthropology, since in both cases calls into question the natural attitude. Now the use of wild Wesen Merleau Ponty directly affects the evolution it looks implied philosophical materialism since the Congress of Murcia and at present uses the Estromatología given by Ricardo Sánchez Ortiz de Urbina. But estromatología only serve as a scaffold for eidetic essences would observe herself dam of transcendental egologie whose dimension intended confines. For if the essence could only be eidetic, then all of them depend on the constitutional thought and would not object nor real world to discover beyond the Cogito.

      In this first part, which will continue other two, we elucidate the preliminary question of the meaning of wild Wesen in Merleau-Ponty.


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