El presente trabajo versa sobre una cuestión nominal y materialmente zanjada por la doctrina civil y penal como es la naturaleza jurídica de la RC ex delicto. Sin embargo, a juicio del autor, se trata de una problemática todavía viva. No se defiende la mutación penal de la responsabilidad civil derivada de delito.
Pero sí se hace especial hincapié en los relevantes efectos punitivos a ella asignados, en su carácter no sólo y exclusivamente civil, así como en la existencia de un interés público que trasciende a las partes en conflicto y que justificaría su ejercicio en el proceso penal por el Ministerio Fiscal.
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