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Entrada en vigor de los Protocolos Facultativos del Pacto Internacional de derechos económicos, sociales y culturales y de la Convención sobre los Derechos del Niño relativos a un procedimiento de comunicaciones

  • Autores: Rosa María Riquelme Cortado
  • Localización: Revista española de derecho internacional, ISSN 0034-9380, Vol. 66, Nº 2, 2014, págs. 11-48
  • Idioma: español
  • Títulos paralelos:
    • The Entry into force of the Optional Protocols to the International Covenant on Economic, Social and Cultural Rights and the Convention on the Rights of the Child on a Communications Procedure
  • Enlaces
  • Resumen
    • En el curso de apenas un año hemos asistido a la entrada en vigor de forma general y para España del Protocolo Facultativo del PIDESC (de 5 de mayo de 2013) y del tercer Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a un procedimiento de comunicaciones (de 14 de abril de 2014). Su gran mérito estriba en derribar la concepción de los derechos económicos, sociales y culturales como derechos humanos de segunda generación mediante el reconocimiento del derecho de los individuos a denunciar su violación. La presentación de comunicaciones por personas o grupos de personas constituye por eso su leitmotiv y es el factor clave de los nuevos Protocolos a fin de garantizar el cumplimiento del Pacto y de la Convención de 1989 y de sus dos Protocolos Facultativos de 2000. Las comunicaciones entre Estados, aún por experimentar en el ámbito universal, y la investigación en caso de violaciones graves o sistemáticas completan el cuadro de los mecanismos de control establecidos. El Protocolo del Pacto prevé, además, la posibilidad de activar medidas complementarias de asistencia y cooperación internacionales, incluido a tal fin la creación de un Fondo fiduciario.


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