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La intervención administrativa en los despidos colectivos

  • Autores: José Luis Monereo Pérez
  • Localización: Temas laborales: Revista andaluza de trabajo y bienestar social, ISSN 0213-0750, Nº 125, 2014 (Ejemplar dedicado a: El nuevo papel de la Administración Pública en las relaciones laborales), págs. 261-309
  • Idioma: español
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  • Resumen
    • En el nuevo modelo de regulación de los despidos colectivos se apuesta por una flexibilidad negociada y por un tipo de intervencionismo público administrativo instrumental tanto en lo que se refiere a las funciones de apoyo y mediación atribuidas a la autoridad laboral, como en lo atinente a las funciones de verificación y control ejercido por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. A resultas de ello el modelo mantiene tan sólo una �publificación� administrativa limitada previa al control judicial posterior y una redefinición del papel y de la actuación de la administración laboral en los despidos colectivos, la cual se comporta como una intervención pública de control, apoyo, asesoramiento y mediación en los procesos de despido colectivo y, en su caso, más ampliamente, de reestructuración empresarial. La función de la autoridad laboral ha transitado en nuestro país del intervencionismo �fuerte� (que suponía la autorización administrativa previa de los despidos colectivos) al intervencionismo �promocional� y �mediador� en los procesos de consulta-negociación de los despidos colectivos


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