A partir de los cambios introducidos por la Ley 3/2012 en el sistema legal de negociación colectiva, se reflexiona aquí sobre el papel asignado a la Administración Laboral en relación con el convenio colectivo. Para poder hacer una valoración crítica del tema, se estudia el papel de la Administración a lo largo de tres etapas diferenciadas, evidenciando los cambios experimentados: desde la implantación del modelo democrático de relaciones laborales (intervención minimalista-defensiva), pasando por la etapa de consolidación del modelo legal (normalización del intervencionismo promocional) y llegando a la fase actual de intervencionismo invasivo, a partir de la consideración de la Administración, en cuanto integrante del poder ejecutivo, como coadyuvante imprescindible de los objetivos establecidos en la ley, que son expresión de una opción político-jurídica debilitadora de la eficacia del convenio. Ello es visible no solo en los supuestos de descuelgue, sino, incluso en la limitación de la eficacia temporal del convenio a través del decaimiento de la ultractividad o el retraso en la publicación oficial del convenio
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