La formación de la masa activa, constituida por los bienes y derechos patrimoniales del concursado susceptibles de ejecución a favor de la masa pasiva, plantea en caso del concursado casado, una serie de específicos problemas. Por un lado, la vinculación de bienes comunes al concurso y la correlativa facultad que se atribuye al cónyuge no deudor de solicitar la extinción del régimen económico de comunidad; así como la coordinación de la liquidación con lo que resulte del convenio o la liquidación concursal. De otro, el establecimiento de una presunción de donaciones, en caso de concursado casado en régimen de separación de bienes, a favor del cónyuge no deudor, con la finalidad de proteger a los acreedores. Todo ello sin olvidar otras cuestiones como el régimen de la vivienda conyugal o las cuentas indistintas.
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