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El caso Bangoura/Al Nasr: la cancelación del registro del jugador constituye causa justificada para rescindir el contrato?

  • Autores: Jaime Castillo
  • Localización: Revista Aranzadi de derecho de deporte y entretenimiento, ISSN 2171-5556, Nº. 44, 2014, págs. 465-474
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • En este artículo exponemos el criterio empleado por el Tribunal Arbitral del Deporte (TAS) ante la rescisión unilateral de contrato efectuada por un jugador como respuesta a la decisión de su club de cancelar provisionalmente su registro o inscripción ante la liga o federación en turno, y debatimos si dicha cancelación constituye o no justa causa para ello. El jugador de Guinea Ismaël Bangoura rescindió su contrato con el club Al Nasr Sports Club de Emiratos Árabes Unidos, empleando como argumento principal la cancelación temporal que efectuó el club de su registro ante la Federación de Fútbol de Emiratos Árabes Unidos durante el transcurso de la temporada. El Panel estimó que, en vista de las circunstancias del caso, la cancelación del registro no constituye por sí misma causa justificada y por lo tanto consideró responsable al jugador de la terminación unilateral del contrato y resolvió imponer las sanciones económicas y deportivas correspondientes al caso.


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