El caso planteado trata de dar respuesta al problema de las incompatibilidades entre las vías procesales civil y penal para proteger el derecho al honor, previstas en la ley. En primer lugar se determinará si es obligado citar a juicio al medio de comunicación en el que se realizan las manifestaciones para concluir que el hecho de que una cadena televisiva haya proporcionado a la persona interesada un lugar donde expresarse en público no convierte automáticamente a dicho medio en partícipe ni coautor de las manifestaciones realizadas.
Igualmente se aborda el problema de si el ejercicio de una de las dos acciones impide el ejercicio de la otra, con las novedades jurisprudenciales que en la materia han concurrido, con la conclusión de que ambas son objeto de un derecho de opción por el interesado, de modo que, elegida una, no es posible el ejercicio de la otra.
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