Miguel Angel Cabellos Espiérrez
La introducción en los Estatutos de Autonomía de un listado de derechos estatutarios plantea también el problema de su protección. Dentro de las diversas vertientes que dicho problema posee, en este trabajo se examinará hasta qué punto pueden las Comunidades Autónomas contribuir a dicha protección creando especialidades procesales, y de qué forma los Estatutos pueden ayudar a fundamentar dicha posibilidad. El análisis de la jurisprudencia constitucional relativa al art. 149.1.6 CE, que ha interpretado este artículo de una manera sumamente restrictiva, y el examen de las nuevas previsiones estatutarias en este ámbito permiten concluir que las posibilidades que las Comunidades Autónomas tienen de contribuir a la regulación de la protección jurisdiccional de los derechos estatutarios son aún hoy muy limitadas, aunque en absoluto inexistentes.
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