El Consejo Superior del CES, en ejercicio de sus atribuciones legales y estatutarias y.CONSIDERANDO: Primero: Que la actividad investigativa forma parte de la Misión del CES y contribuye a mejorar la calidad de la docencia, que eleva el nivel científico en el ámbito académico y facilita el aprendizaje del método científico, permitiendo que éste sea aplicado en la cotidianidad y en la resolución de problemas en la práctica profesional. Segundo: Que el CES es conciente que la actividad investigativa debe girar en tomo a la figura del docente investigador, el cual debe ser el núcleo del proceso y el facilitador de la investigación. Tercero: Que en el marco del Plan de Desarrollo, se hace necesario definir una política general para consolidar la actividad investigativa en el CES.
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