La normativa fiscal británica viola la libertad de establecimiento al prever, en el caso de sociedades que pueden disfrutar de una desgravación de grupo en el marco de un consorcio, que la sociedad de enlace deba estar establecida en el Reino Unido. El hecho de que la sociedad matriz superior del grupo y del consorcio así como diversas sociedades intermedias estén establecidas en Estados terceros carece de influencia en la aplicación de la libertad de establecimiento en este contexto
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