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los efectos temporales de las sentencias del Tribunal de Justicia de la unión Europea: (con especial referencia a la materia tributaria)

  • Autores: Evangelina Verónica de la Tejera Hernández
  • Localización: La Ley Unión Europea, ISSN-e 2255-551X, mes 13, 2014, págs. 5-13
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • El TJUE, en términos del art. 264 TFUE, tiene la facultad para limitar los efectos temporales de sus sentencias. Esta declaración de irretroactividad cobra especial importancia en asuntos relativos a la devolución de ingresos indebidos, en virtud de que no permite que se replanteen situaciones jurídicas que agotaron sus efectos en el pasado, limitando la devolución a las personas que hubiesen ejercido una acción de reembolso antes de la sentencia.

      La postura del TJUE ha sido otorgar, por regla general, eficacia retroactiva a sus sentencias, y como consecuencia de ello, en los asuntos relativos a una norma nacional que establece un gravamen tributario y que es declarada incompatible con el Derecho europeo, el derecho a la devolución de ingresos indebidos para los interesados. Sin embargo, de manera excepcional, el Tribunal, aplicando el principio general de seguridad jurídica, ha limitado la posibilidad de que los sujetos tributarios invoquen una disposición interpretada por él, con el fin de cuestionar relaciones jurídicas establecidas con anterioridad a la sentencia, cuando concurren dos circunstancias: el riesgo de repercusiones económicas graves y la buena fe de los interesados.

      En este tenor, el Tribunal de Luxemburgo únicamente ha recurrido a esta solución en circunstancias muy determinadas y ha precisado que las consecuencias financieras que podrían derivarse para un Estado miembro de una sentencia dictada con carácter prejudicial no justifican, por sí solas, la limitación de los efectos en el tiempo de esa sentencia. Luego entonces, es menester acentuar la función garantista que ha asumido el TJUE, que ha privilegiado el carácter retroactivo de sus fallos, en los que se protegen los derechos de los obligados tributarios derivados del Derecho de la Unión Europea, con especial referencia a los asuntos relativos a la restitución de los ingresos tributarios incompatibles con el ordenamiento europeo; ello, contrario a la postura más limitada de los Tribunales Constitucionales de algunos Estados miembros que limitan los efectos de sus resoluciones apoyados en cuestiones de índole política o económica, más que en razones de carácter jurídico.


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