En este trabajo el autor, después de observar como premisa de su hipótesis el fenómeno de la existencia de conflictos de interés que se presentan o puedens suscitarse en el seno del contrato de sociedad, demuestra por inducción como verdadera su tesis de poder explicar este fenómeno usando como teorema la "teoría de juegos"; proponiendo así que - dado que este contrato es imperfecto e incompleto y suele llevar aparejados tanto un problema de información asimétrica como una necesidad de desarrollo de estrategias - nuestro sistema legal sirve de contexto para que se desarrollen diversos conflictos de poder entre los socios que - como jugadores relativamente oportunistas que son - muy probablemente tenderán a maximizar sus beneficios o recompensas, si bien preliminarmente estaban dispuestos a sostener relaciones cooperativas y de suma no nula más o menos permanentes en el tiempo.
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