El concepto de «materia civil y mercantil», en el sentido del artículo 1, apartado 1, del Reglamento Bruselas I engloba una acción en la que una autoridad pública de un Estado miembro reclama una indemnización de daños y perjuicios a unas personas físicas y jurídicas residentes en otro Estado miembro a fin de reparar el perjuicio causado por una conspiración para defraudar el IVA adeudado en el primer Estado miembro
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