El presente trabajo tiene por objeto a analizar los requisitos que ineludiblemente deben concurrir en todo criterio de determinación de la competencia, como consecuencia de la vigencia del derecho fundamental al juez ordinario predeterminado por la ley que contempla el art. 24.2 CE. Ello permitirá sentar los principios que deben necesariamente presidir cualquier reforma que se articule en el sistema judicial español sobre la competencia de los tribunales, cuestión esta que presenta en el momento actual una relevancia incuestionable por cuanto la aprobación de la nueva LOPJ, si es que efectivamente se produce, va a suponer una importante reorganización de nuestros tribunales. También se analizan las excepciones más relevantes a las reglas generales de competencia, prestando especial atención a los aforamientos.
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