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El Tribunal Constitucional reinterpreta el concepto de «acto presunto» y confirma que las desestimaciones por silencio no están sujetas al plazo para recurrir del artículo 46.1 LJCA ( STC 52/2014)

  • Autores: Blanca Lozano Cutanda
  • Localización: Diario La Ley, ISSN 1989-6913, Nº 8334, 2014
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • La STC 52/2014, de 10 de abril (BOE de 7 de mayo de 2014), declara constitucional, pero reinterpreta, la regulación que hace el art. 46.1 LJCA del plazo máximo para interponer recurso contencioso-administrativo contra los actos «presuntos», afirmando que esta noción incluye únicamente los actos estimatorios por silencio, con lo que el plazo de caducidad no resulta aplicable a los supuestos de silencio negativo, en los que queda abierta la vía de recurso en tanto la Administración no resuelva.


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