El art. 429.1.II y III LEC permite al juez, en la fase de la audiencia previa, y tras la proposición inicial de las pruebas por las partes, efectuar una indicación de eventual insuficiencia probatoria y, en su caso, una sugerencia para remediarla. La primera sentencia comentada contiene unas sugestivas consideraciones sobre esta controvertida normativa, siendo oportuno su comentario por ser muy escasos los pronunciamientos del TS sobre dicho artículo. Respecto a la segunda sentencia, considera el autor, siguiendo el criterio del TS, que la utilización de imágenes captadas de personas que transiten por la vía pública queda supeditada, esencialmente, al fin y destino que se dé a las imágenes, considerando que su uso en el proceso para acreditar los hechos objeto de enjuiciamiento es perfectamente válido, sin que de ello se pueda desprender una posterior responsabilidad o daño indemnizable.
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