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Resumen de La consagración de los derechos fundamentales: de principios generales a texto fundacional de la Unión Europea

Luis Jimena Quesada

  • español

    El autor argumenta que el reconocimiento formal de los derechos fundamentales como parte de los fundamentos comunes de la UE mediante la remisión a la Carta de los Derechos Fundamentales en el Tratado de Lisboa (otorgándole carácter vinculante y, por ende, elevando su rango y confiriéndole el mismo valor jurídico que los Tratados) ha proporcionado una mayor apariencia constitucional a la UE, pero no un nivel más generoso de protección y de disfrute de la ciudadanía. En efecto, además de haber prescindido de garantías específicas, la Carta de la UE ha introducido diversas asimetrías inaceptables, tales como la quiebra del principio de indivisibilidad (los derechos civiles y los sociales no son tratados en pie de igualdad) o la presunta exclusión de diferentes países (República Checa, Polonia y Reino Unido) con respecto a la aplicabilidad de la Carta de la UE. En este contexto, sobre sostener que la formulación de los derechos fundamentales en la Carta de la UE no puede implicar una concepción más estrecha que la desarrollada por el Tribunal de Justicia en su jurisprudencia sobre derechos humanos (como parte de los principios generales del Derecho Comunitario), el ensayo contiene argumentos para superar dichas asimetrías poniendo el acento en la necesidad de voluntad positiva con objeto de reforzar el diálogo judicial sobre la base de las cláusulas de la Carta de la UE que promueven la protección multinivel y el principio favor libertatis. En fin, el autor sugiere que si se explotan tales sinergias y toman en consideración otros instrumentos europeos de derechos humanos, se robustecerá la posición de la Carta de los Derechos Fundamentales incluso en el marco de la UE (por ejemplo frente a las medidas de austeridad lanzadas por la Troika) y, por tanto, ello mejorará la eficiencia y la legitimidad democrática de la Unión, así como la coherencia de su acción.

  • English

    The author argues that the formal recognition of fundamental rights as common foundations of the EU through the reference to the Charter of Fundamental Rights in the Lisbon Treaty (making that document legally binding and, therefore, elevating the Charter to the same legal value as the Treaties) has provided for more constitutional appearance to the EU, but not for a more generous level of protection and enjoyment of citizenship. Indeed, together with the noninclusion of specific guarantees, different unacceptable asymmetries have been introduced in the EU Charter, such as the breach of the principle of indivisibility (civil and social rights are not treated on an equal footing) or the presumed exclusion of different countries (Czech Republic, Poland and United Kingdom) from the applicability of the EU Charter. In this context, holding that the formulation of fundamental rights in the EU Charter cannot imply a narrower conception than that developed by the Court of Justice through its human rights jurisprudence (as a part of the general principles of Community law), the essay contains arguments to overcome these asymmetries by emphasizing the necessity of positive will in order to strengthen judicial dialogue on the basis of the EU Charter clauses which promote multilevel protection and favor libertatis principle. Finally, the author suggests that exploiting these synergies and taking into account other European human rights instruments will enhance the position of the Charter of Fundamental Rights even within the EU framework (e.g. against the austerity measures launched by the Troika) and, therefore, this will improve the efficiency and democratic legitimacy of the Union as well as the coherence of its action.


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