Las reformas legales que se han sucedido para retocar la ejecución hipotecaria pueden impedir interpretaciones extensivas del ordenamiento o el empleo de conceptos genéricos o indeterminados en defensa del consumidor, pero lo bien cierto es que ni las hipotecas en ejecución pueden pagarse, ni se ha resuelto el asunto de la valoración de los inmuebles. Con ello se traslada el problema a la continuación de la ejecución por la vía del art. 579 LEC y como veremos en este trabajo, son múltiples los interrogantes a los que hay que dar respuesta con rigor técnico y cierta premura.
© 2001-2024 Fundación Dialnet · Todos los derechos reservados